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Requisitos :
- Minuta firmada por las partes contratantes y autorizada por Abogado.
- Copia de los documentos de identidad de todos los intervinientes.
- Vigencia de poder actualizada expedida por Registros Públicos, en caso alguno de los contratantes actúe como apoderado de persona natural o representante legal de alguna persona jurídica.
- Documento de propiedad y/o Copia literal actualizada de la partida electrónica en caso de predios inscritos.
- Recibo de pago del impuesto predial del presente año.
- Declaraciones Juradas de Autovalúo (HR y PU o HR y PR), expedidos por la municipalidad competente.
- Constancia de no adeudo del impuesto predial expedida por la municipalidad correspondiente, de todos los periodos en los cuales el transferente ha tenido la condición de contribuyente.
- Recibo de pago del impuesto a Alcabala, de ser el caso.
- Recibo de pago a cuenta del Impuesto a la Renta, según sea el caso.
- Comprobante del medio de pago utilizado (cheque de gerencia, depósito en cuenta, etc.).
- Certificado de buena salud mental, expedido por establecimiento de salud estatal y visado por el Director del Hospital (mayores de 71 años).
Nota: Los requisitos mencionados son de carácter referencial, ya que la notaría podría requerir documentación adicional según las circunstancias específicas de cada caso.
Para mayor información comunicarse a los teléfonos (076) 785792, separe su cita o escriba al siguiente correo electrónico: nherrera@notariabustamante.com.