Matrimonio Notarial
Brindamos servicios legales y notariales de la más alta calidad, ofreciendo una amplia gama de servicios diseñados para cubrir todas sus necesidades legales. Nuestro enfoque centrado en el cliente se refleja en nuestra atención personalizada y eficiente, respaldada por años de experiencia y conocimientos en el ámbito legal.
Servicios
Matrimonio Notarial
En la Notaría Bustamante, nos enorgullece ofrecer un servicio completo y eficiente para la celebración de matrimonios civiles. Con nosotros, los contrayentes pueden formalizar su unión de manera sencilla y transparente. Ya sea que deseen casarse en nuestras instalaciones o en otro lugar, estamos aquí para guiarlos en cada paso del proceso. Nuestro experimentado equipo de notarios está comprometido a brindar un servicio personalizado y de calidad para hacer de su día especial un momento inolvidable. Confíe en nosotros para hacer realidad sus sueños matrimoniales.
Requisitos :
Si ambos contrayentes son peruanos, solteros y mayores de edad.
Requisitos :
- Copia certificada de la partida de nacimiento de ambos futuros contrayentes, con una antigüedad no mayor a 3 meses desde su emisión. Si la partida es de provincia debe estar certificada por RENIEC.
- Copia del DNI de los futuros contrayentes.
- Declaración Jurada de domicilio de cada uno de los futuros contrayentes. Si en el DNI de ambos no aparece como domicilio la provincia de competencia del notario, además de la Declaración Jurada, se podrá solicitar documentos que sustenten el domicilio indicado, de por lo menos uno de ellos en la provincia de competencia del notario (recibos de agua, luz, teléfono, otros documentos de identidad, certificados domiciliarios, etc.).
- Constancia Negativa de Matrimonio (Certificado de Soltería) de la municipalidad del distrito donde se registra el nacimiento o del RENIEC, si el nacimiento se produjo en un distrito incorporada a esta entidad o Declaración Jurada de Estado Civil, de cada uno de los futuros contrayentes.
- Certificado Médico Prenupcial (respecto de la existencia de enfermedad de transmisión sexual – ETS- como mínimo), de cada uno de los futuros contrayentes y constancia de consejería de enfermedades de transmisión sexual (Decreto Supremo N° 004-97-SA), con una antigüedad no mayor a 30 días, emitidos por una entidad prestadora de salud pública o privada o mixta.
- Declaración Jurada de dos (02) testigos, mayores de edad, por cada uno de los futuros contrayentes, que declaren conocerlo por lo menos 3 años antes y que no sean familiares de éste, quienes además declararán bajo juramento acerca de si existe o no algún impedimento matrimonial. Los mismos testigos pueden serlo de ambos futuros contrayentes y éstos mismos pueden ser testigos del acto de celebración del matrimonio, siempre que estos últimos domicilien en la provincia de competencia del notario. Los testigos no deben estar incursos en los impedimentos para ser testigo señalados en el artículo 56 del Decreto Legislativo No 1049 – Decreto Legislativo del Notariado.
- Copia del DNI de los testigos.
Divorciados (as).
Requisitos :
- Copia certificada de la partida de matrimonio anterior con la anotación de la disolución del vínculo matrimonial, con una antigüedad no mayor a 3 meses.
- Copia del DNI en el que aparezca el estado civil de divorciado del futuro contrayente.
- Declaración jurada de cada contrayente de no tener hijos bajo su patria potestad y/o de no administrar los bienes de ellos. en caso de administrar bienes de sus menores hijos deberá presentar inventario judicial.
- Constancia negativa de embarazo de la futura contrayente, si es que no han transcurrido 300 días calendarios siguientes a haberse producido el divorcio. si la contrayente se encuentra embarazada dentro de este tiempo, deberá presentar declaración jurada de que el hijo por nacer no tiene como padre al ex marido.
- Requisitos generales adicionales requeridos por la Notaría.
Viudos (as)
Requisitos :
- Copia certificada de la partida de matrimonio con una antigüedad no mayor a 3 meses.
- Copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido con una antigüedad no mayor a 3 meses.
- Copia del DNI en el que aparezca el estado civil de viudo.
- Declaración jurada de cada contrayente de no tener hijos bajo su patria potestad y/o de no administrar los bienes de ellos. En caso de administrar bienes de sus menores hijos deberá presentar inventario judicial.
- Constancia negativa de embarazo de la futura contrayente, si es que no han transcurrido 300 días calendarios siguientes del fallecimiento del marido. Si la contrayente se encuentra embarazada, deberá presentar declaración jurada de que el hijo por nacer no tiene como padre al ex marido.
- Requisitos generales adicionales requeridos por la Notaría.
A traves de Apoderados.
Requisitos :
- Sólo uno de los contrayentes puede actuar por apoderado.
- Copia simple de la escritura pública del poder especial, debidamente inscrito en los registros públicos y no haya caducado (seis meses después de otorgado).
- Vigencia de poder del apoderado emitido por la Sunarp con antigüedad no mayor de 30 días.
- Copia del DNI del apoderado.
- Requisitos generales adicionales requeridos por la Notaría.
Extranjeros (as)
Requisitos :
- Todos los documentos expedidos en el extranjero, deben estar apostillados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de su país y, en su caso, con traducción oficial al idioma castellano.
- Certificado consular de soltería, según corresponda.
- Copia del carnet de extranjería vigente.
- Requisitos generales adicionales requeridos por la Notaría.
Entre parientes consanguíneos colaterales en tercer grado.
Requisitos :
- Dispensa judicial del parentesco de consanguinidad colateral en tercer grado.
- Requisitos generales adicionales requeridos por la Notaría.
Nota: Los requisitos mencionados son de carácter referencial, ya que la notaría podría requerir documentación adicional según las circunstancias específicas de cada caso.
Para mayor información comunicarse a los teléfonos (076) 785792, separe su cita o escriba al siguiente correo electrónico: wpajares@notariabustamante.com.