Sucesión Intestada

Servicios

Sucesión Intestada

Requisitos :

La solicitud deberá ser presentada por cualquiera de los interesados a que alude el artículo 815 del Código Civil, o por el integrante sobreviviente de la unión de hecho reconocida conforme a Ley.

La solicitud deberá ser presentada por cualquiera de los interesados a que alude el artículo 815 del Código Civil, o por el integrante sobreviviente de la unión de hecho reconocida conforme a Ley.

Nota: Los requisitos mencionados son de carácter referencial, ya que la notaría podría requerir documentación adicional según las circunstancias específicas de cada caso.

Para mayor información comunicarse a los teléfonos (076) 785792, separe su cita o escriba al siguiente correo electrónico:  wpajares@notariabustamante.com.